Calculadora IRPF nómina 2026: de bruto a neto por comunidad autónoma
Descubre cuánto cobrarás en mano según tu salario, situación familiar y comunidad autónoma. Cálculo basado en las escalas oficiales de la AEAT vigentes en 2026.
Datos para el cálculo
Desglose mensual y anual
| Concepto | Mensual | Anual |
|---|---|---|
| Salario bruto | — | — |
| (−) Cotización SS | — | — |
| (−) Retención IRPF | — | — |
| Salario neto | — | — |
Cómo calculamos tu retención IRPF
Seguimos el procedimiento oficial de la AEAT (arts. 80-87 RIRPF, RD 439/2007), aplicando las escalas del Manual de Renta 2024:
1. Bruto anual
2. − Cotización SS empleado (CC 4,70 % + Desempleo + FP)
= Rendimiento neto previo
3. − Reducción rendimientos trabajo (Art. 20 LIRPF)
= Rendimiento neto reducido ≈ base liquidable
4. Cuota íntegra = escala estatal + escala autonómica (CC.AA.)
5. − Deducción mínimo personal y familiar (Arts. 57-61 LIRPF)
= Cuota neta IRPF
6. Tipo retención (%) = Cuota neta / Bruto anual × 100
Mínimo 2 % en contratos temporales (Art. 85 RIRPF)
Las escalas autonómicas son las publicadas por la AEAT para la Renta 2024, vigentes en 2026 al no haberse aprobado nuevos Presupuestos Generales del Estado. El resultado es orientativo. Para tu retención exacta usa la herramienta oficial de la AEAT o consulta a un asesor fiscal.
Preguntas frecuentes sobre IRPF y nómina
El salario bruto es el importe total acordado con la empresa antes de ninguna deducción. El salario neto es lo que recibes en tu cuenta bancaria tras restar la cotización a la Seguridad Social y la retención del IRPF. Según tu nivel salarial, la diferencia oscila entre el 15 % y el 30 % del bruto.
La empresa aplica el procedimiento del RIRPF (RD 439/2007): resta las cotizaciones a la SS, aplica la reducción por rendimientos del trabajo (Art. 20 LIRPF), calcula la base liquidable y le aplica la escala estatal más la autonómica de tu CC.AA. A esa cuota íntegra le resta la deducción por mínimo personal y familiar. El tipo resultante se aplica mensualmente sobre cada nómina.
El IRPF tiene dos partes: la escala estatal (igual para todos) y la autonómica (que cada comunidad fija libremente). Madrid tiene los tipos autonómicos más bajos de España; Cataluña y Asturias están entre los más altos para rentas elevadas. La diferencia puede superar los 2.000 € al año para el mismo sueldo.
Es la aportación obligatoria al sistema de SS: 4,70 % contingencias comunes + 1,55 % desempleo (indefinido) + 0,10 % formación profesional = 6,35 % total sobre el salario bruto. La empresa paga adicionalmente alrededor del 30 % sobre ese mismo bruto (cuota patronal), que no aparece en tu nómina.
Sí. Presenta el modelo 145 a tu empresa para actualizar tu situación personal y familiar, lo que recalculará tu retención. También puedes solicitar voluntariamente un porcentaje mayor (útil si tienes otras rentas que declarar en la campaña de renta). No puedes solicitar una retención inferior al mínimo legal.
Es la parte de tu renta que la ley declara exenta por necesidades básicas (Arts. 57-61 LIRPF). En 2026: mínimo personal general 5.550 €. Por hijos a cargo menores de 25 años: 2.400 € el primero, 2.700 € el segundo, 4.000 € el tercero, 4.500 € el cuarto y siguientes. Esas cantidades no tributan.
La declaración conjunta aplica una reducción de 3.400 € sobre la base liquidable (Art. 84 LIRPF). Suele ser ventajosa cuando un cónyuge tiene rentas muy bajas o nulas. Con dos sueldos similares, la opción individual casi siempre resulta más beneficiosa porque ambos cónyuges aprovechan sus propios mínimos personales.